Perspectiva de Género

Un mensaje que no va a ser creído por los detractores de la ideología de género es que la Violencia de Género no vulnera la presunción de inocencia. Lo que vulnera la presunción de inocencia es la perspectiva de género. Palabrejas aparentemente inofensivas, pero más letales que el coronavirus.

No conviene olvidar que, esa perspectiva de género, llevó a mujeres "juezas" tipo talibán a aplaudir a una madre secuestradora por "su caraje" vulnerando la ley.

Gobierno-jueces-PSOE-SAP.pdf

Definición de perspectiva de género

Quien mejor lo ha definido es Lorente Acosta, quien fue delegado del Gobierno para la Violencia de Género. Lo recoge ese panfleto ideológico del PSOE. En él, dice Lorente Acosta:

Los jueces de sesgo machista, que en palabras del delegado del Gobierno contra la Violencia de Género, Miguel Lorente, son "pocos pero ruidosos" figuran como objetivo principal del informe. En él se parte de la base de que "las creencias de género están presentes en nuestros tribunales" y advierte: "En el ámbito judicial este presunto síndrome ha provocado un efecto devastador en muchos menores y en sus madres al considerar a los niños y niñas como mentirosos y a las madres como enfermas mentales", al tiempo que alerta de que, bajo el disfraz de palabras distintas, dado el descrédito creciente del SAP como tal, se sigue empleando en los juzgados. Es la gran anomalía que intentamos corregir, concluye Lorente.

Lo dice claro ¿¡NO!?:

"las creencias de género están presentes en nuestros tribunales"

Está muy bien expresado: creencias. Eso es un cambio radical del derecho, pues los jueces deben juzgar hechos, pero éstos, son sustituidos por creencias, como si de una cuestión de fe se tratase. La justicia queda despojada de cualquier componente de racionalidad.

Esto es mucho más importante de lo que parece, pues la presunción de inocencia en inferencias, no existe:

“Tales juicios de valor sobre intenciones o juicios de inferencia sobre pensamientos, quereres o deseos escondidos en el intelecto humano, no son hechos en sentido estricto porque no constituyen datos aprehensibles, por ello no pueden ser objeto de prueba propiamente dicha y quedan fuera de la garantía constitucional...” (STC 195/1993).

“... Alcanzando la presunción de inocencia {sólo} a la existencia del hecho y a la participación del acusado, una vez que esto se acredita, la apreciación de los elementos subjetivos y las deducciones que el juzgador realice son de su competencia con la sola limitación de los puntos referentes a la verificación de la existencia de prueba respecto a los extremos en que las inferencias se fundan y la corrección lógica del proceso deductivo seguido al efecto” (STS de 9 de julio de 1998).

O sea, mucho depende del color de las gafas que use el juez, de ahí la importancia de teñirlas de "perspectiva de género".

Esto encaja con la consolidada doctrina de las capacidades paranormales de los jueces para saber quien dice la verdad y quien miente.

Carmen Calvo lo dice claro: las víctimas de delitos sexuales deben ser creídas «sí o sí, siempre»

Otra creencia lo dicen las mujeres juezas sobre la Alienación Parental: no existe y punto.

El caso de Juana Rivas es un claro caso

Si veis esta página de El Mundo, encontraréis detalles más que interesantes:, que ilustra bien lo que es la aplicación de la diabólica "perspectiva de género".

¿Quién es Juana Rivas?:

Para la Justicia Italiana:

La psicóloga encargada de valorar quién debe quedarse a los niños por el magistrado de Cagliari que juzga la causa ha hecho constar en un informe tras realizar 32 entrevistas y pericias durante cinco meses, entre febrero y julio de este año. En España, para hacer el paripé te despachan en media hora, aunque en realidad sobra esa media hora, pues ya saben lo que tienen que escribir, con independencia de los hechos. Para eso está la ideología fundamentalista de género. Dice la Psicóloga en dicho informe:

  1. "muestra una gran capacidad manipuladora" sobre sus hijos, y un "grave funcionamiento mental patológico asociado a desorganización del pensamiento".

  2. Sufre "una emocionalidad lábil" y "no es capaz de procesar sus experiencias".

  3. Ha "triangulado" a su hijo mayor en el "conflicto" con su ex marido, Francesco Arcuri, convirtiendo al crío, de 12 años, en "recipiente de las ansiedades maternas".

  4. La madre de Maracena tiene, en fin, una comprensión "de la realidad deficiente", y

  5. es "totalmente inconsciente del daño psicológico generado" por ella misma a sus hijos, de 4 y 12 años, apartándolos de su padre entre 2016 y 2017 -hechos por los que ha sido condenada en España a cinco años de cárcel-.

Minucioso informe

El alcance del informe no es, conviene aclarar, habitual en las pericias regladas en España. Lo que en este país suele despacharse en ocasiones en pocos días ha llevado aquí cinco meses y 177 páginas de minuciosa reconstrucción del nacimiento, auge y destrucción de la relación de Rivas y Arcuri, y del efecto de todo ello sobre sus hijos.

¡Y tan pocos días como que en España despachan a cinco o seis!. ¡¡Son máquinas de ideología fundamentalista de género!!

En Italia son entrevistas, tanto de la perito del juez como de los de cada una de las dos partes, con los niños y sus padres, familiares de ambos lados, profesores y pediatras de los niños, psicólogos que les han tratado antes... Hasta se han realizado varios encuentros y dinámicas de juego de los niños con cada uno de sus padres.

O sea, que en Italia a diferencia de España, respetan el principio de contradicción. Aquí, nada de nada. Las partes a la puta "mierda". Se llama justicia española, que poco tiene que ver con la Justicia.

Además coincide con la juez española, criminalizada por la banda política fundamentalista de género española, en lo de la Alienación Parental

INSTRUMENTALIZACIÓN DE LOS MENORES

Instrumentalización de los Menores

La psicóloga, en este aspecto, se alinea con Arcuri y cree que el hijo, separado de su padre junto a su hermano pequeño durante 13 meses entre 2016 y 2017, está tomando partido por la parte que percibe como más débil, su madre, pero que ésta "confunde sus propias necesidades con las de sus hijos".

Conclusión

Arcuri quien debe cuidar a los niños porque Rivas es "incapaz de comprender las emociones profundas de sus hijos" y llega incluso a "confundir sus propias necesidades con las de sus hijos". Por todo ello, recomienda que los niños se queden de forma estable con el padre y que la madre sólo los vea en vacaciones.

OJO, esto es en Italia, donde analizan los hechos, una justicia mucho más moderna y seria que la española, sin duda.

El endiosado perito español, el que fue delegado para el gobierno para la violencia de género, el infame Lorente Acosta, sí el que habla de las creencias judiciales, lo dice claro

Rebate duramente el informe que ahora sólo es forense de la Universidad de Granada, {Así saldrán los nuevos forenses} en un informe solicitado por Juana Rivas. Lorente asegura que la psicóloga ha obviado, "hasta parecer molesta", la violencia supuestamente sufrida por Rivas por parte de su ex marido. La acusa también de subjetiva a la hora de valorar el caso, de hacerlo con base a prejuicios -Arcuri fue condenado por agresión a su mujer en 2009 y posteriormente tuvieron al hijo pequeño-.

También de obviar cartas en las que el padre admite los malos tratos y promete cambiar. Acusa a la psicóloga, además, de obviar los malos tratos sufridos por Rivas a la hora de calibrar a esta "como mujer patológica". Además, le acusa de haber cometido errores metodológicos a sabiendas para favorecer a Arcuri.

Sin embargo la psicóloga señala lo que en España está prohibido señalar por la ideología fundamentalista de género:

"cree necesario aclarar que las declaraciones de G. [el hijo mayor] sobre una agresión del padre a él parecen más conectadas a un conflicto parental que no a una experiencia real del niño".

O sea, que el niño sufre una alienación parental como un caballo, algo que es un acto criminal que en España, como dicen las mujeres juezas hay que ocultar y así hacen fiscales muchos psicólogos y psiquiatras que viven del dinero público.

Imposición de la perspectiva de género

La reacción política para acabar con la maltrecha independencia de los jueces independientes que quedan, es la imposición de la ideología, por una institución al servicio ideológico de género: La Abogacía Española considera clave la formación en género para evitar casos como el de Juana Rivas, para impartir esa "perspectiva", o sea, dogma.

¿Nos merecemos esta mierda de justicia fundamentalista de género?